Nueva reforma del sistema de pensiones
La jornada a tiempo parcial se equipara con el trabajo a tiempo completo
El 1 de octubre entra en vigor una nueva medida que reforma nuestro sistema de pensiones. En concreto, la cotización de la jornada laboral a tiempo parcial de las enfermeras y fisioterapeutas y del resto de trabajadores pasará a computarse como si se tratará de una jornada a tiempo completo.
Se trata de un avance positivo ya que hasta ahora para el cálculo de las jornadas parciales a efectos de cómputo de cotización se les aplicaba un coeficiente de parcialidad que solo computaba la jornada a tiempo parcial realmente trabajada. Por ello, se necesitaban más días a jornada parcial para conseguir un día completo de cotización.
A tener en cuenta:
• El nuevo cómputo se aplicará, no sólo a los periodos cotizados a partir del 1 de octubre, sino que también afectará a los periodos cotizados a jornada parcial anteriores a la entrada en vigor de esta medida.
• No supondrá la revisión de las pensiones de las personas ya jubiladas.
• Este nuevo cómputo de los periodos de cotización se aplicará en cuanto al derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor.
• Los periodos cotizados en trabajos a jornada parcial se tendrán en cuenta íntegramente para calcular el periodo de cotización acreditado y así fijar el porcentaje aplicable sobre la base reguladora de cara a determinar la pensión de jubilación. Y ello, cualquiera que hubiera sido la duración de la jornada a tiempo parcial.
Esta reforma ha sido posible por el cambio de la Ley General de Seguridad Social (LGSS) establecida por el Real Decreto Ley 2/2023 por la que se modifica el cómputo de los periodos de cotización.
Respecto a este cambio normativo ya existían sentencias del Tribunal Constitucional que declaraban inconstitucional la forma de computar los periodos a tiempo parcial. La Seguridad Social desde estas sentencias ya venía aplicando esta doctrina y es ahora cuando se ve reflejada en la LGSS.
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