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SATSE Melilla responde a la Asociación Española de Técnicos en Radiología
28.12.18 | Melilla
Estas declaraciones en prensa y afirmaciones en los escritos de denuncia, suponen la vulneración del honor y la profesionalidad de los Enfermeros y Enfermeras del Servicio de Rayos del Hospital Comarcal. Profesionales todos ellos Graduados Universitarios, perfectamente habilitados para prestar servicio en la citada unidad por el Consejo de Seguridad Nuclear y que cuentan con más de 20 años de experiencia profesional. Sin ellos, la seguridad y la salud de los pacientes que acuden diariamente al Servicio de Rayos se verían gravemente comprometidas, pues resultan claves en todos los procesos asistenciales, y así lo vienen demostrando durante años.
Si bien, la citada asociación realiza una muy particular e interesada interpretación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre las funciones de los Técnicos, afirma que solo los Técnicos y los Enfermeros con la correspondiente especialidad pueden acceder a los puestos de trabajo que impliquen colaboración en la utilización de radiaciones ionizantes, tal afirmación es ilegal y ello porque noexiste norma legal en vigor que lo ampare.
El Tribunal Supremo, en sentencia de 27 de abril de 1998, declaró la nulidad de la Disposición Adicional de la Orden de 14 de junio de 1984, y era esa disposición la que si les atribuía en exclusividad las vacantes y nuevas plazas que supongan el ejercicio de las funciones y actividades reguladas en la misma. El motivo de tal nulidad era claro: "entre las funciones y actividades que se incluyen en ese artículocuarto figuran entre otras las de colaboración, siendo precisamente la función de colaboración con los facultativos sanitarios, la principal asignada a los Enfermeros".
Por otra parte afirmamos que los enfermeros que cuenten con la habilitación que expide el Consejo de Seguridad Nuclear tienen todo el derecho a acceder a los puestos de trabajo que impliquen colaboración en la utilización de radiaciones ionizantes, y ello porque contamos con una titulación universitaria que acredita nuestros conocimientos tanto teóricos como prácticos, y que nos habilita para ejercer nuestra profesión. Estar en posesión de la licencia que expide el Consejo de Seguridad Nuclear supone el cumplimiento de la obligación que exige la legislación vigente en materia de protección radiológica.
La Administración Sanitaria y en particular los Gerentes, deben tener muy claro que las actividades que supongan la mera manipulación de máquinas y aparatos también son competencia de las enfermeras/os, pero que cualquier acto que implique el cuidado de los pacientes no puede corresponder más que a estos profesionales que son los únicos que están legalmente capacitados para ello. Contravenir lo anterior es atentar contra nuestras competencias profesionales y este Sindicato no lo puede tolerar.
Por ello, SATSE Melilla en esta materia es inflexible, y desde este momento va a estar especialmente alerta, iniciando las acciones que legalmente nos amparen, si entendiéramos que la funciones que nos competen, en especial en los Servicios y Unidades de Radiodiagnóstico, Radioterapia y Medicina Nuclear las desempeñan otros trabajadores que no sean los profesionales sanitarios Enfermeros.
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